Se recuerda que los servicios de catering deben inscribirse en el registro municipal

Ante la llegada de las recepciones de egresados y las celebraciones de fin de año, se recuerda la vigencia de la Ordenanza II Nº 38 (ex ordenanza 1649/05) que insta a las empresas o particulares a contar con la habilitación vigente y estar inscriptos en el registro municipal.

La legislación alcanza a quienes se dedican en forma temporal o permanente a la elaboración de alimentos, envasado, distribución, manipulación, suministro de servicio de comidas preparadas para la venta directa, con o sin reparto a domicilio.

Del mismo modo, los organizadores de eventos deberán solicitar autorización, para realizar cualquier evento, en la Dirección General de Control Comunal. Dicha autorización se solicita a través de una planilla de “Espectáculos Eventuales” (ORD. II N° 42), donde también deberán declarar el tipo de servicio que realizarán: lunch, catering o cualquier otra modalidad de suministros de comidas y asegurarse de contar con la infraestructura acorde al tipo de servicio que prestarán.

Para formar parte del listado actualizado y solicitar autorización de eventos, declarando el tipo de actividad que realizarán, los interesados deberán acercarse a la Dirección de Seguridad e Higiene Alimentaria o comunicarse al 444-9059, de lunes a viernes, en los horarios de 8 a 12.

Contratar servicios de viandas y catering habilitados
Es importante extremar los cuidados a la hora de contratar servicios de viandas y catering, a fin de consumir alimentos en buenas condiciones y evitar problemas de salud. En función de ello, a la hora de contratar por internet u otro medio se debe tener en cuenta que figuren datos como el nombre del responsable del lugar, dirección y teléfono.

También se debe tener en cuenta que cumplan con las normas de seguridad e higiene; con la documentación vigente y actualizada; con infraestructura acorde para la producción y manipulación de alimentos inocuos y personal capacitado.

En cuanto a los salones de fiestas, clubes o locales bailables que se contraten deben poseer la habilitación municipal del rubro correspondiente y que se encuentre vigente, ya que los mismos poseen habilitaciones anuales. Asimismo deben contar con la certificación emitida por bomberos, rol de contingencia, y todas las medidas que hacen a la seguridad de los concurrentes. Por ello es importante contratar servicios y salones habilitados.

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