El decreto 388 firmado por el gobernador Hugo Passalacqua y el ministro de Gobierno, Marcelo Pérez señala que la decisión se tomó a partir del decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 228/16 y el Acta Compromiso, de data 14 de Marzo de 2016, de Adhesión a la Emergencia de Seguridad Pública declarada por el Poder Ejecutivo Nacional.
En este sentido se agrega que «la Seguridad Pública constituye uno de los pilares fundamentales del Estado; y su afianzamiento y consolidación son algunas de las metas y objetivos principales de la política gubernamental; y que por medio del Decreto referenciado, el Poder Ejecutivo Nacional ha declarado la Emergencia en Seguridad Pública dentro del ámbito nacional, por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días, prorrogable por razones fundadas».
Además se asegura que «la medida referenciada, se fundamenta en la necesidad de resguardar la libertad, la vida, el patrimonio de los habitantes de la Nación, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del Sistema Representativo, Republicano y Federal que establece la Constitución Nacional; y que, la complejidad, peligrosidad y sofisticación de los delitos referidos, requieren la cooperación fluida entre ambos niveles jurisdiccionales -Provincial y Nacional- para su combate; dicho accionar no puede ser afrontado en forma individual, sino que requiere la coordinación y actuación conjunta de todas las instancias estatales».
En el decreto se afirma que «la Declaración de Emergencia de Seguridad, dispuesta por las autoridades federales en el ámbito de su competencia, resulta un instrumento adecuado para afrontar la problemática planteada en relación a los delitos como: la trata de personas, el lavado de dinero, el narcotráfico y otros que competen a la jurisdicción federal, en cuyo mérito se propicia la adhesión de la Provincia de Misiones; y que; como se expresa anteriormente, la actuación no debe ser individual, sino mancomunada entre todas las áreas estatales involucradas; coordinadas por el señor Ministro Secretario de Gobierno, con la participación de las demás autoridades provinciales; quienes, en el marco de la Ley, sus competencias, medios y atribuciones, llevaran y llevarán a cabo las acciones, medidas y disposiciones que se necesiten para la consecución de la finalidad de alcanzar niveles óptimos de Seguridad Pública».
Finalmente se establece que; «en uso de las facultades conferidas por el Articulo 116º Inciso 17, de la Constitución Provincial, deviene necesario que el Poder Ejecutivo Provincial proceda al dictado del pertinente dispositivo legal».
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- ADHIÉRASE la Provincia de Misiones a la “DECLARACIÓN DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD PÚBLICA” dispuesta por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 228/16.-
ARTICULO 2°.- REFRENDARÁ el presente Decreto el Señor Ministro Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 3º.- REGÍSTRESE, Comuníquese, Tomen conocimiento: Ministerio de Gobierno. Subsecretaría de Seguridad y Justicia. Jefatura de la Policía de la Provincia de Misiones. Cumplido, ARCHÍVESE.-