La medida es porque no tienen registros de establecimiento y de producto y por lo tanto son ilegales.
A través de la Disposición Nº 8607/2021 la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una serie de alimentos por carecer de registros de establecimiento y de producto, y en consecuencia ser ilegales.
Se estableció que los productos no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos y que a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda “prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos”.