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Las cinco claves de la Ley de Alquileres que impulsa Macri

La comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados se reunirá este martes, a partir de las 14, para intentar avanzar con el análisis del proyecto de ley de Alquileres, que obtuvo media sanción del Senado hace dos años, pero con los cambios que propone incorporar ahora el oficialismo.

La semana pasada, el presidente Mauricio Macri reclamó al Congreso que «avance pronto» con la sanción de la ley. La iniciativa prevé, entre otras cosas, que se podrán usar garantías bancarias para alquilar un inmueble, y que se podrá actualizar cada seis meses el valor de locación, en base al coeficiente de variación salarial y el índice de inflación.

Estas son las principales claves de la iniciativa.

  • Duración del contrato

De acuerdo al artículo 5°, si el contrato carece de un plazo expreso, se considerará celebrado por el plazo mínimo legal de tres años en locaciones destinadas a vivienda y de dos años para cualquier otro destino.

  • Mayor acceso a una garantía

Es el punto más polémico. Según el artículo 13°, los propietarios deberán aceptar alguna de las siguientes variantes:

  1. Garantía real.
  2. Aval bancario.
  3. Seguros de caución.
  4. Garantía personal con certificado de ingresos (recibos de sueldo).
  5. Garantía de fianza.
  • Actualización del valor del alquiler

La norma prevé la utilización de un índice conformado con «el IPC y el Coeficiente de Variación Salarial (CVS)» para la actualización semestral.

De esta forma, el precio del alquiler deberá seguir la evolución de la inflación y del sueldo promedio de los empleados, para evitar desfasajes.

  • Formalización de los contratos

El artículo 15 dispone que los contratos de alquiler sean registrados por el propietario ante la AFIP.

«Sólo los contratos de locación registrados serán oponibles a terceros, contarán con fecha cierta y podrán ser utilizados como instrumentos válidos para el inicio de acciones judiciales», sostiene el proyecto.

  • Costos inmobiliarios

Tal cual lo sostiene la ley de alquileres aprobada por la Legislatura porteña, el costo de las comisiones a pagar a las inmobiliarias deberá ser afrontado por el propietario, junto con los gastos de certificación de firmas «y cualquier otro en el que incurriere el intermediario a efectos de perfeccionar el contrato».

Fuente: Infobae – El Cronista