“El FET corre peligro si la Corte avala la eximición del pago del impuesto interno al cigarrillo”

El diputado nacional Luis Pastori (Juntos por el Cambio-Misiones) presentó un proyecto de declaración en la Cámara de Diputados de la Nación, para manifestar preocupación por la situación derivada de las medidas cautelares impuestas en favor de la Tabacalera Sarandí S.A. y otras, que les permiten omitir el pago del impuesto interno mínimo al cigarrillo. Pastori recordó que estas cautelares, fueron apeladas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), porque esta situación “perturba la percepción de impuestos, suspendiendo la aplicación de las disposiciones de una ley, que afecta además a varias provincias en la percepción del Fondo Especial del Tabaco y de la Coparticipación Federal de Impuestos”.

“Nos parece importante hacernos oír porque la Corte Suprema tiene en sus manos una desición muy importante, que pone en riesgo a todas las Provincias, porque parte del impuesto al consumo de cigarrillo se destina a la Coparticipación, y más que nada, pone en riesgo a las Provincias productoras de tabaco, como Misiones, ya que la eximición del pago de este impuesto, provocaría la merma de fondos para los pequeños productores tabacaleros, a través del Fondo Especial del Tabaco” dijo Pastori.

Sobre el Impuesto interno al consumo de cigarrillos y las medidas cautelares para evitar su pago

El impuesto mínimo de Impuestos Internos (Ley 24.674) a los cigarrillos establece un piso a los impuestos -y por ende al precio de venta de los cigarrillos- con el objetivo de aumentar la recaudación impositiva tanto del Gobierno Nacional como de las Provincias. El impuesto interno mínimo se fijó como el 75% del impuesto correspondiente al precio de la categoría de cigarrillos más vendida. Esto llevó a que fuera cuestionada por algunas compañías tabacaleras, entre ellas Tabacalera Sarandi (TS), que en 2015 obtuvo así la primer cautelar de la Justicia para no pagar dicho mínimo.

La reforma impositiva a la ley de Impuestos Internos de 2018, modificó la forma de fijación del impuesto mínimo, estableciendo un nuevo piso para cigarrillos, de $28 por cada caja de 20 cigarrillos (ajustable por inflación cada 3 meses; a junio 2020 este impuesto mínimo es de $68.56).  La Tabacalera Sarandí (TS) presentó entonces una nueva demanda contra la reforma pidiendo la inconstitucionalidad y solicitando una nueva medida cautelar para evitar el pago de este “nuevo” impuesto mínimo. La primera instancia se radicó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 6 con el Juez Enrique V. Lavié Pico, quién rechazó la medida cautelar a la Tabacalera, quién apeló esta decisión, y la Cámara Administrativa Federal (Sección 4) le otorgó a su favor la medida cautelar.

En Octubre de 2018, la AFIP interpuso Recurso Extraordinario contra esta última sentencia por considerarla arbitraria, pero TS apeló, y la Cámara Contencioso-Administrativa Sección 4 rechazó el Recurso interpuesto por AFIP, quién presentó entonces “Recurso de Queja” ante la Corte, quién luego de varios meses de recursos y pedidos, tiene en estos días la posibilidad de resolver si la Tabacalera Sarandí puede seguir gozando de tales medidas cautelares y no pagar el impuesto mínimo.

“Por las medidas cautelares Misiones dejó de percibir entre 2016 y 2020 más de 4.200 millones de pesos” dijo Pastori

Al evitar el Impuesto Mínimo de $68.56, las tabacaleras con cautelares pueden vender sus cigarrillos a precios muchísimo más bajos que las empresas líderes ($67 un Red Point vs $130 un Philip Morris ó Lucky Strike). Esto genera pérdida de recaudación al fisco, que en vez de tributar 100$ por cada paquete, tributa 50$.

Entre 2016 y 2020, la elusión fiscal debido a las cautelares para evitar el pago del Impuesto Mínimo generó una pérdida de recursos para el Gobierno Argentino de $ 100.000 millones, de los cuales 56.000 dejaron de percibir las provincias; 12.000 la ANSES, y 32.000 dejaron de ser percibidos por el Tesoro Nacional. El Fondo Especial del Tabaco, que financia infraestructura, desarrollo productivo, generación de empleo y asistencia de comunidades de las economías del norte del país, perdió recursos por más de 10.000 millones.

La provincia de Misiones en particular, perdió ingresos por $1.900 millones solo en 2020 y $4.200 millones de pesos en el período 2016-2020. Además, si la Corte Suprema fallara a favor de Tabacalera Sarandí y declarase inconstitucional el Impuesto Interno Mínimo, se generaría una pérdida de recursos tributarios del orden de los $80.500 millones sólo en el 2020.

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