Desde éste lunes volvieron a abrir los locales comerciales en Posadas

Desde este lunes la ciudad de Posadas suma nuevas actividades comerciales a las exceptuadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en todo el país y al que se adhirió la capital provincial. En este sentido, el gobierno provincial aprobó el Protocolo de actuación sanitaria presentada por la Municipalidad de Posadas para las nuevas excepciones. Conocé cuáles son y las medidas generales que deben cumplir los comercios para retomar las actividades.

Actividades exceptuadas: 

-Tienda de ropas

-Bazar, decoración, regalerías y afines

-Florerías y viveros

-Venta de muebles y electrodomésticos

-Venta de colchones

-Jugueterías

-Venta de motos y accesorios

-Venta de vehículos, náutica y venta de camiones

-Venta de productos para piscinas y/o similares que contribuyan al combate contra el dengue. 

-Venta de productos y accesorios de peluquería

-Mercerías

-Librerías

-Casa de venta de artículos deportivos

-Electrónicas, computación, celulares

-Joyerías, bijouterie, marroquinería

-Lencería

-Zapaterías

-Serigrafías, graficas, impresiones y fotocopiadoras

-Bicicleterías

-Textiles

-Instrumentos musicales

-Heladerías

-Vinotecas

-Casas de cambio

https://www.cciposadas.com.ar/RESOLUCION-141-20-PROTOCOLO-POSADAS.pdf

Cabe resaltar que toda actividad que no esté incluida en el listado deberá ser gestionada en su autorización, mediante la presentación del respectivo protocolo sanitario especial, que sea aplicable a esa o esas actividades puntualmente. 

En este sentido se instruyó a la Dirección de Inspecciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia y a la Policía de Misiones para que desplieguen operativos de control y fiscalización de la implementación y cumplimiento del Protocolo Sanitario. Ante situaciones de incumplimiento de lo establecido la Policía de Misiones dará intervención a la Justicia Federal competente y en turno.

Se establece además que los desplazamientos de las personas alcanzadas por la Resolución, deberá limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados. 

Los responsables de las actividades exceptuadas deberán garantizar las condiciones de Seguridad e higiene establecidas por las normativas provinciales y nacionales para preservar la salud de los trabajadores. 

Los agentes alcanzados por la Resolución deberán circular por la vía pública con constancia laboral, certificado de declaración jurada o cualquier otra documentación que acredite que la persona se encuentra encuadrada en algunas de las actividades reguladas.    

 

Medidas generales

Realizar higiene de manos frecuentemente, con agua y jabón neutro o alcohol en gel durante toda la jornada laboral. 

Mantener una distancia de 2 metros o más entre personas (clientes y personal del local comercial). En caso de no ser posible por la cantidad de personas, formar filas de espera fuera del local, manteniendo la misma distancia. 

Se deberá garantizar, en los momentos de mayor afluencia de clientes, todos los medios necesarios para una rápida atención, disminuyendo el tiempo de permanencia de las personas en el local. 

Se deberán organizar las colas que se formen en el interior para abonar de forma tal que existan al menos 2 metros de distancia entre las personas. Como también las que se formen en el exterior manteniendo la misma distancia. Se sugiere marcar el piso y afuera para la formación de las colas de espera. 

Al toser o estornudar hacerlo en el pliegue del codo o pañuelos descartables. 

Evitar contacto de las manos con ojos, nariz y boca. 

Mantener lugares aireados continuamente, sin perjuicio de existir lugares sin ventanas, contribuir a la aireación manteniendo puertas abiertas y ventiladores encendidos en los sectores de ingreso, tratando de favorecer ambientes secos. 

No compartir infusiones ni objetos de uso personal. 

Realizar limpieza y desinfección frecuente de todas las superficies que pueden tener contacto con las manos en las instalaciones del espacio de trabajo. Se reforzará la rutina diaria de limpieza en los lugares de trabajo comunes con alcohol al 70%, baño y vestuario con lavandina en dilución acorde a norma nacional y sin agregado de otros productos. La desinfección deberá realizarse con regularidad en las superficies que se tocan permanentemente, como picaportes, mostradores, etc. Se deberá disponer para que todos tengan acceso a un rociador con agua y lavandina diluida y toallitas descartables para pasar sobre las superficies. También deben haber cestos cercanos para descartar las utilizadas. 

Limpieza de pisos conforme lo recomienda la OMS (dos trapeados) antes del inicio del ingreso del público y personal, como también al final de cada jornada. 

Se deberá ofrecer alcohol en gel o alcohol líquido diluido al 70% a los clientes desde el ingreso a los locales y mientras están haciendo sus compras, para la desinfección de sus manos, en todos los espacios comunes. 

Se deberá garantizar la provisión de todos los elementos para un adecuado lavado de manos con agua y jabón en sanitarios, tanto para el personal como para los clientes. 

En los sanitarios se deberá disponer elementos para el secado que no sean toallas de tela. Pueden ser toallas de papel o secamanos de aire. 

Distanciamiento social: Se mantendrán los protocolos vigentes en materia de evitar abrazos, saludos con besos, estrechar manos con clientes, empleados o colegas de trabajo. 

Las actividades se desarrollarán acompañadas de divulgación sobre los buenos hábitos de higiene y medidas preventivas. 

Recomendaciones visuales: Las oficinas y salones de atención al público o de concurrencia de personas, deberán contar, especialmente en el acceso a las instalaciones y en lugares de mayor visibilidad, con información sobre las medidas de prevención y seguridad sanitaria. 

Restringir el acceso a personas de riesgo (entre ellas, mayores de 60 años o con problemas de  base respiratoria o diabetes), recurriendo a la consulta personal de cada persona, para que declare tal circunstancia bajo su responsabilidad. 

El uso de cubrebocas, tapabocas o barbijos será de uso obligatorio conforme la normativa provincial vigente, sin perjuicio de no ser el interior del local comercial un espacio público. 

Priorizar los canales de venta online y los pagos por medios electrónicos. 

Cabe destacar que el uso de barbijos, guantes, antibacteriales, alcohol en gel y elementos desinfectantes son de carácter obligatorio para todo el personal que preste servicios en las actividades reguladas, los cuales deberán ser provistos por la patronal. 

En los sectores de caja, contar con separador de materiales tales como vidrio, PVC, acrílico o lona transparente, que sirva como método de barrera entre las partes, o máscaras para los empleados que desarrollen atención al público, o una distancia de 2 metros mínima al mostrador. 

Para locales de indumentaria: En los probadores se respetará la distancia de 2 metros y además será desinfectado cada vez que salga algún cliente de allí. Las prendas se desinfectarán y en caso de devolución, se mantendrán 48 horas apartadas que es la vida que tiene el virus en la ropa, o será desinfectada. 

Mantenimiento estricto de licencias para personas de riesgo. 

Queda prohibido concurrir a los lugares de trabajo con menores de edad. 

Establecer la total prohibición de concurrencia a agentes que manifiesten sintomatología afín al Covid19 (fiebre, tos seca, opresión en el pecho por falta de aire y demás indicadas por el Ministerio de Salud), tanto personal como clientes. 

Se recomienda desafectar al personal mayor de 65 años, embarazadas y a los empleados con patologías previas que constituyan grupo de riesgo. 

Se establece la obligatoriedad de cada agente (patronal o personal) a denunciar y efectuar el llamado a las líneas de asistencia correspondientes en caso de percibir síntomas de la enfermedad en cuestión. 

En el caso en que el personal tome contacto o haya tomado contacto en los últimos 14 días con personas clasificadas como “caso confirmado”, deberá ser evaluado por la autoridad sanitaria local y en caso de clasificarse como contacto estrecho deberá cumplir con estricto aislamiento domiciliario en el marco de la licencia excepcional reglamentada por las Resoluciones 178/2020 y 184/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. 

Horario de atención al público recomendado: 9 a 17:30 Hs. 

La Provincia y el Municipio asumen el compromiso de llevar adelante todas las tareas de fiscalización y control, para que se dé estricta observancia a las normativas nacionales de control y prevención.

 https://www.cciposadas.com.ar/RESOLUCION-141-20-PROTOCOLO-POSADAS.pdf

Fuente: CCIP – Municipalidad de Posadas

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